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Inicia toque de queda en Santander

17 de marzo de 2020
La medida regirá en los 87 municipios de Santander de 10:00 de la noche a 4:00 de la mañana a partir de hoy 17 de marzo. Por: Lorenzo Lizarazo Lo decretó el gobernador Mauricio Aguilar Hurtado quien aclaró en Ecolecuá que aplicará “para los niños y adultos de todas las edades en el departamento”. Esta […]
Por Equipo Comunicaciones

La medida regirá en los 87 municipios de Santander de 10:00 de la noche a 4:00 de la mañana a partir de hoy 17 de marzo.

Por: Lorenzo Lizarazo

Lo decretó el gobernador Mauricio Aguilar Hurtado quien aclaró en Ecolecuá que aplicará “para los niños y adultos de todas las edades en el departamento”.

Esta es una de la medidas para impedir el contagio del coronavirus Covid-19 en la región.

Como lo había anunciado este medio, el Mandatario Departamental también decretó la calamidad pública por seis meses con el Decreto 0193 del 16 de marzo de 2020.

Con este acto administrativo se busca ejecutar “acciones administrativas y contractuales necesarias para la atención inmediata de la emergencia”.

Aguilar Hurtado pidió a los santandereanos “no viajar fuera del país, evitar aglomeraciones de personas en sitios cerrados, cambiar los hábitos de saludos evitando contactos físicos, trabajar desde la casa y acatar las recomendaciones otorgadas por el Ministerio de Salud y Protección Social”.

Los alcaldes del área metropolitana de Bucaramanga asistieron al Consejo Departamental de Gestión del Riesgo en el que se oficializaron estas medidas y anunciaron el acatamiento en sus municipios.

Hasta el momento no se ha presentado ningún caso de contagio de coronavirus Covid-19 en Santander si bien se han analizado 45 muestras, según dijo a Ecolecuá el secretario de Salud del Departamento, Javier Alonso Villamizar.

Del toque de queda se exceptúan: miembros de la Fuerza Pública, del Ministerio Público, Defensa Civil, Cruz Roja, Fiscalía, vigilancia privada, periodistas, personal sanitario, ambulancias, de atención prehospitalaria, organismos de socorro y servidores públicos de entidades municipales y departamentales y demás personal que acredite su calidad de servidor gubernamental.

Además, toda persona que requiera atención de un servicio de salud y personal aeroportuario, operativo y administrativo, viajeros, pilotos o tripulantes que tengan vuelos programados durante el periodo de toque de queda o en horas aproximadas al mismo, que debe ser acreditado

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